El calendario tributario reúne las principales fechas y plazos que los contribuyentes deben considerar durante el año, desde obligaciones mensuales hasta declaraciones juradas y otros compromisos relacionados con la gestión de impuestos.

El calendario tributario reúne las principales fechas y plazos que los contribuyentes deben considerar durante el año, desde obligaciones mensuales hasta declaraciones juradas y otros compromisos relacionados con la gestión de impuestos.
Algunas obligaciones se repiten cada mes, pero el día límite puede cambiar según el trámite y la forma en que se realiza.
El Formulario 29 tiene como plazo general el día 12 del mes siguiente. Para determinados contribuyentes que declaran y pagan por Internet, el vencimiento se amplía hasta el día 20, o al día 28 para declaraciones online sin pago o sin movimiento.
Si quieres conocer qué incluye y cómo funciona, revisa nuestra guía sobre el formulario 29.

El Libro de Remuneraciones Electrónico (LRE) debe registrarse dentro de los primeros 15 días hábiles del mes siguiente al pago de las remuneraciones, según la Dirección del Trabajo.
Para trabajadores dependientes, el empleador paga las cotizaciones previsionales dentro de los primeros 10 días del mes siguiente, al hacer el trámite por medios electrónicos, el límite se extiende hasta el día 13, incluso si cae sábado, domingo o festivo.
Este proceso puede realizarse mediante PreviRed.
Desde las remuneraciones de agosto de 2026, el aporte adicional de cargo del empleador corresponde al 3,5 % de la remuneración imponible; para conocer su distribución e impacto, revisa nuestro artículo sobre la reforma previsional.
Además de las obligaciones mensuales, durante el año hay otros hitos que conviene considerar:
Para el Año Tributario 2027, ya están publicados los vencimientos de las DJ: comienzan el 1 de febrero, se concentran en marzo y continúan en mayo, junio y julio, dependiendo del formulario y, en algunos casos, del tipo de declarante.

El Formulario 22 (F22) corresponde a la Declaración Anual de Impuestos a la Renta, sus fechas para 2027 todavía están pendientes de publicación.
En nuestra guía sobre operación renta puedes conocer quién debe declarar y cómo prepararse.
Otros hitos del año: existen obligaciones asociadas a las propiedades, vehículos o actividad que desarrolla cada empresa.
| Trámite | Periodicidad | Plazo | ¿A quién aplica? |
|---|---|---|---|
| Patente municipal | Semestral | Enero y julio | Contribuyentes con patente municipal |
| Contribuciones de bienes raíces | 4 cuotas al año | Abril, junio, septiembre y noviembre | Propietarios de bienes raíces que pagan contribuciones |
| Permiso de circulación | Anual | Febrero-marzo, mayo o septiembre, según el vehículo | Propietarios de vehículos, según categoría |
Según la Ley de Rentas Municipales, la patente cubre desde el 1 de julio hasta el 30 de junio siguiente y puede pagarse al contado o en dos cuotas durante julio y enero.
Las contribuciones se distribuyen en cuatro cuotas: abril, junio, septiembre y noviembre.
En el permiso de circulación, el periodo depende del vehículo:
Febrero-marzo automóviles particulares, motocicletas, camionetas y otras categorías incluidas en este periodo.
Mayo para taxis y buses.
Septiembre vehículos de carga y otras categorías.
Agosto: segunda cuota de los vehículos particulares cuando se eligió esa modalidad.
Aunque el calendario completo de 2027 no está publicado, las Declaraciones Juradas ya tienen fechas definidas y otros trámites mantienen sus plazos habituales.
| Mes | Trámite | Formulario | Plazo | ¿A quién aplica? | Estado |
|---|---|---|---|---|---|
| Enero | F29 + patente municipal | F29 | F29: 12, 20 o 28. Patente: durante enero | Contribuyentes con F29 y patente | Calendario 2027 pendiente de publicación |
| Febrero | F29 + Declaraciones Juradas + permiso de circulación | F29 / DJ 1959 | DJ: 1 de febrero. Permiso: desde el 1 de febrero | Según DJ / propietarios de vehículos | DJ 2027 ya publicada |
| Marzo | F29 + Declaraciones Juradas + permiso de circulación | F29 / varias DJ | DJ: 1, 3, 9, 16, 22, 23, 24 y 29. Permiso: hasta el 31 de marzo | Según DJ / propietarios de vehículos | DJ 2027 ya publicadas |
| Abril | F29 + F22 + contribuciones | F29 / F22 | F22: pendiente de publicación. 1.ª cuota de contribución de bienes raíces en abril. | Contribuyentes con F29 o F22 / propietarios de bienes raíces que pagan contribuciones | F22 pendiente de publicación |
| Mayo | F29 + Declaraciones Juradas + permiso de circulación | F29 / DJ 1962 y 1837 | DJ: 5 y 14 de mayo. Permiso: durante mayo para taxis y buses | Según DJ / propietarios de taxis y buses | DJ 2027 ya publicadas |
| Junio | F29 + Declaraciones Juradas + contribuciones | F29 / varias DJ | DJ: 30 de junio. 2.ª cuota de contribución de bienes raíces en junio. | Según DJ / propietarios de bienes raíces que pagan contribuciones | DJ 2027 ya publicadas |
| Julio | F29 + Declaración Jurada + patente municipal | F29 / DJ 1959 | DJ: 30 de julio. Patente: durante julio | Según DJ / contribuyentes con patente | DJ 2027 ya publicada |
| Agosto | F29 + segunda cuota del permiso de circulación | F29 | Permiso: 1 al 31 de agosto, si se paga en dos cuotas | Propietarios de vehículos | Calendario 2027 pendiente de publicación |
| Septiembre | F29 + contribuciones + permiso de circulación | F29 | 3.ª cuota de contribución de bienes raíces en septiembre. Permiso: septiembre para vehículos de carga | Propietarios de bienes raíces que pagan contribuciones / propietarios de vehículos de carga | Calendario 2027 pendiente de publicación |
| Octubre | F29 | F29 | 12, 20 o 28, según el caso | Contribuyentes que deben presentar F29 | Calendario 2027 pendiente de publicación |
| Noviembre | F29 + contribuciones | F29 | 4.ª cuota de contribución de bienes raíces en noviembre. | Contribuyentes con F29 / propietarios de bienes raíces que pagan contribuciones | Calendario 2027 pendiente de publicación |
| Diciembre | F29 | F29 | 12, 20 o 28, según el caso | Contribuyentes que deben presentar F29 | Calendario 2027 pendiente de publicación |
Importante: los demás plazos se basan en las reglas vigentes y deberán actualizarse cuando se publiquen los vencimientos correspondientes de 2027.
El plazo general para presentar el F29 es el día 12 del mes siguiente, puede extenderse hasta el día 20 para contribuyentes que cumplen los requisitos establecidos, o al día 28 para declaraciones online sin pago o sin movimiento.
Las Declaraciones Juradas del AT 2027 ya tienen fechas publicadas, pero el calendario completo del proceso todavía no.
Como referencia, en 2026 el periodo para presentar el F22 comenzó el 1 de abril y se extendió hasta comienzos de mayo. Para conocer quién debe declarar y cómo prepararse, revisa nuestra guía sobre operación renta.
Depende de la obligación, presentar las declaraciones fuera de tiempo puede generar multas y, cuando existen impuestos adeudados, intereses y reajustes. Las DJ fuera de plazo, incompletas o con errores también pueden estar sujetas a sanciones.
Puedes consultarlo directamente en el Calendario Tributario del SII, que permite buscar los principales vencimientos por día o trámite y descargar el calendario anual.
Actualmente, el calendario anual disponible corresponde a 2026.
Anticipar tus próximos compromisos tributarios te permite trabajar con más orden y llegar mejor preparado a cada etapa del año. Tener una visión clara de lo que viene también facilita organizar la información que necesitarás en cada proceso.
Con una plataforma tributaria, puedes obtener saldos iniciales desde el SII, reajustar valores y completar recuadros del F22 como los relacionados con la base imponible de Primera Categoría y el Registro SAC.